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Regularización de migrantes: requisitos, plazos y derechos

El gobierno ha anunciado el inicio de una regularización extraordinaria de migrantes que supondrá que más de 500.000 extranjeros que ya se encuentran en España puedan conseguir su documentación. Es decir que, una vez les sea aprobada su solicitud, tendrán permiso de trabajo y residencia.

Esto implica la modificación del actual Reglamento de Extranjería (Ley Orgánica 4/2000), en concreto del Real Decreto 1155/2024 de 19 de noviembre en su disposición transitoria quinta, y la introducción de la disposición transitoria sexta.

El texto ya ha sido elevado a audiencia pública para que la ciudadanía haga sus aportaciones antes de su aplicación, por lo que tendremos que esperar a su publicación definitiva en el Boletín Oficial del estado para conocer el definitivo. Pero sí que podemos avanzar lo que conocemos por el momento:

  • Podrán acceder a ella todos los extranjeros que hayan entrado en España antes del 31 de diciembre de 2025.
  • Deberán carecer de antecedentes penales (ni en España ni en el país de origen).
  • El plazo de presentación será bastante corto: podría iniciarse a partir de abril y finalizará el 30 de junio de 2026. Habrá que justificar la permanencia continuada en España durante los cinco meses anteriores a la presentación.
  • El inicio del procedimiento dará derecho a una autorización de residencia y trabajo provisional.
  • Los solicitantes de asilo también podrán entrar en este proceso.
  • La autorización tendrá duración de un año. Transcurrido este plazo, podrán renovar su permiso acogiéndose a las figuras del Régimen General de la Ley de Extranjería.

Lo más importante es que la solicitud deberá hacerse antes del 30 de junio de 2026 y, tanto si la persona extranjera es solicitante de asilo como si no, podrá igualmente acceder a la regularización, ya que así lo permiten las distintas disposiciones transitorias (quinta y sexta) que hemos mencionado anteriormente.

¿Qué no es la regularización?

1.  “Las personas regularizadas podrán votar”
Para votar en elecciones generales se necesita nacionalidad española. Lo dice el Artículo 2.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG)

Si es un permiso de residencia, que no da derecho a voto.

2. “La regularización impide expulsar a quien delinque”

La Ley Orgánica 4/2000, conocida como Ley de Extranjería (artículo 57.2) prevé la expulsión de personas extranjeras con condena firme y la regularización no elimina esa posibilidad legal.

3. “Es una amnistía sin requisitos”
La propuesta exige:

  • Estancia mínima de 5 meses
  • Residencia previa a 31/12/2025
  • No tener antecedentes penales
  • Trámite administrativo obligatorio

4. “Da nacionalidad”

La nacionalidad española solo se obtiene por:

  • Nacimiento,
  • Porque un padre o una madre sean españoles
  • Carta de naturaleza,
  • Residencia legal continuada durante varios años (normalmente 10, con excepciones).

Una regularización administrativa no concede nacionalidad, ni reduce automáticamente los plazos.
Está regulado en el Código Civil (arts. 17–28).

5. “Da ayudas automáticas”

Lo que implica es tener autorización de residencia y trabajo. Sin embargo, esto no da acceso automático a subsidios o prestaciones. Solo regulariza la situación administrativa

Además, las ayudas sociales:

  • Dependen de requisitos económicos, empadronamiento, tiempo de cotización, etc.
  • Se valoran caso por caso, igual que para cualquier otra persona

6. “Se podrá circular libremente por Europa”

Un permiso español no autoriza a trabajar o residir en otros países de la UE sin cumplir sus normas porque no se le concede nacionalidad española. Solamente, se les permite residir y trabajar de forma legal en el país.

La libertad de circulación y residencia en la UE es un derecho:

  • De la ciudadanía de la UE
  • En algunos casos, de familiares de ciudadanos comunitarios

 

*Este artículo ha sido coescrito por Carla Pablos, responsable del área jurídica de ONG Rescate, e Irene Vega Medina, técnica de sensibilización y comunicación.

Publicado el: febrero 5, 2026

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